Resumen:
El Plan Nacional del Buen Vivir según la disposición constitucional comprendida en el siguiente artículo, se define como: Art. 280.- El Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado Central y los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores. (SENPLADES 2009, 2008). El Plan Nacional del Buen Vivir propone una serie de instrumentos que regulan la inversión y la asignación de los recursos públicos, por lo tanto en el caso de la presente investigación esta herramienta que define políticas, programas y proyectos tiene el carácter de ¿indicativo¿, porque no está considerada como una organización que se desenvuelve en el sector público. Esto quiere decir el Club Deportivo El Nacional considerará los lineamientos del Gobierno Central para definir su planificación estratégica ya que fortalecerán su direccionamiento. Sin embargo, al no pertenecer al sector público, las estrategias deberán estar dirigidas en un gran porcentaje al mejoramiento financiero institucional, y de esta manera lograr el fortalecimiento del Club tomando en cuenta las intencionalidades del Plan Nacional del Buen Vivir...